13 años y 4 meses de cárcel por delitos cometidos con drones en el Edomex.


El uso de drones dejaría de ser un elemento secundario cuando estos dispositivos sean utilizados para cometer determinados delitos contra la seguridad pública en el Estado de México.

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso mexiquense aprobó elevar hasta 13 años y 4 meses de prisión la sanción para quienes cometan delitos contra el correcto funcionamiento de las instituciones de seguridad pública y órganos jurisdiccionales, así como contra la seguridad de personas servidoras públicas y particulares, cuando utilicen drones, dispositivos de geolocalización o sistemas de videovigilancia.

“No se va a dar un paso atrás para combatir la criminalidad ni sus nuevas modalidades”, expuso la diputada María del Carmen de la Rosa Mendoza, autora de la iniciativa.



La propuesta modifica el Código Penal del Estado de México, que actualmente contempla de seis a 10 años de prisión por utilizar cualquier medio de comunicación para esos fines, sin precisar el empleo de drones.

La modificación fue avalada en sesión de dictamen por la comisión presidida por la diputada Emma Laura Álvarez Villavicencio y contó con propuestas de los distintos grupos parlamentarios, además de la opinión de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.

El proyecto incorpora como agravante la utilización de dispositivos para captar signos, señales, escritos, imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza mediante distintos sistemas de transmisión.

También incluye expresamente los dispositivos de geolocalización y los sistemas de videovigilancia.

El dato central: la sanción actualmente prevista de seis a 10 años podría alcanzar hasta 13 años y 4 meses de prisión cuando se actualicen las circunstancias previstas en la reforma y se utilicen estos dispositivos.

Un punto que abrió debate

Durante la reunión, el diputado Octavio Martínez Vargas llamó a mantenerse atentos al actuar de la FGJEM, al señalar que particulares y personas servidoras públicas también utilizan drones para actividades como la topografía.

Advirtió que quienes los empleen para esos trabajos podrían enfrentar acusaciones o incluso extorsiones por parte de elementos de la policía de investigación.

Ana Yurixi Leyva Piñón señaló, por su parte, que la modificación amplía el planteamiento inicial, que estaba concentrado en casos como robo, abigeato y despojo, para establecer un tratamiento más amplio al tipo penal relacionado con vigilancia y captación no autorizada de información.

Dato clave

La reforma avalada solo se aplicará a delitos del ámbito local, ya que el Código Penal Federal contempla estas conductas dentro de su competencia.

El propio Código Penal mexiquense contempla sanciones para quien aceche, vigile, espíe, rastree o proporcione información relacionada con actividades oficiales o personales, ubicación y operativos de servidores públicos.



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